4.1 |
La solicitud de reservación de una fecha de examen de certificación se deberá de realizar con un mínimo de 15 (quince) días hábiles de antelación a la fecha deseada de presentación del examen.
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4.1.1 |
Para una solicitud de reservación de una fecha de examen de certificación, se asignarán los lugares de acuerdo a la disponibilidad y al orden cronológico de recepción.
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4.1.2 |
La AMIB podrá cancelar o modificar la fecha de reservación del examen en cualquier momento en caso de considerarlo necesario, dando aviso a los interesados.
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4.1.3 |
Las instituciones en las que presten sus servicios las personas físicas sujetas a certificación, y en su caso, gestores que les presten servicios de registro y reservación, llevarán a cabo por cuenta de los interesados los trámites necesarios para realizar la reservación del examen, siempre con apego al presente manual. Lo mismo aplica para instituciones de educación superior.
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4.1.4 |
El número mínimo de participantes para poder llevar a cabo una sesión de examen de certificación es el siguiente:
a) De cinco (5) personas en las salas de aplicación de exámenes ubicadas en las instalaciones de la AMIB. b) Quince (15) personas en sedes externas a las instalaciones de la AMIB ubicadas en la Ciudad de México. c) Dieciocho (18) personas en sedes ubicadas en el resto de las entidades de la República Mexicana. d) Para exámenes realizados en instalaciones de universidades con las que la AMIB tenga convenio firmado, el número mínimo y máximo de sustentantes será de 15 y 24, respectivamente.
Tanto el número máximo como el mínimo de participantes para la realización de las aplicaciones podrá modificarse en cualquier momento según la AMIB lo determine sin necesidad de previo aviso, y de acuerdo a factores como los costos que estén en función para su realización, entre otros.
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4.1.5 |
En el caso que una institución o universidad requiera llevar a cabo una sesión de examen y no se cubra el número mínimo de participantes, se podrá llevar a cabo si alguna de las instituciones participantes se compromete a cubrir el pago de los lugares faltantes a la cuota mínima de acuerdo a la tarifa respectiva establecida para esos efectos.
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4.1.6 |
La AMIB se reservará el derecho de aplicar o no el examen de certificación a algún sustentante por haber infringido alguna política del presente manual.
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4.1.7 |
La aplicación entre un examen y su siguiente oportunidad solo podrá realizarse después de haber transcurrido al menos quince (15) días hábiles posteriores a la presentación de la oportunidad inmediata anterior. Los exámenes extraordinarios presentados después de la cuarta oportunidad (tercer examen extraordinario), se podrán presentar siempre que medie entre cada oportunidad un lapso de seis (6) meses, y serán bajo la modalidad del examen integral, pagando la tarifa correspondiente al examen de primera vez de acuerdo a la tabla de tarifas publicada por AMIB
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4.2 |
Cancelación y Modificación de Fechas de Reservación de Examen.
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4.2.1 |
Se podrán realizar la cancelación o reprogramación de la fecha de examen sin cargo, siempre que sea con una antelación mayor a diez (10) días hábiles previos a la fecha reservada.
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4.2.2
4.2.3
4.2.4 |
Las instituciones podrán solicitar la cancelación o reprogramación del examen dentro de los siguientes periodos cubriendo la tarifa vigente respectiva de acuerdo a los días previos de la cancelación con respecto a la fecha del examen: a) Entre diez (10) y seis (6) días hábiles previos a la fecha de reservación del examen aplicará la tarifa correspondiente publicada. b) En el caso de que la cancelación sea entre los cinco (5) y cero (0) días hábiles previos a la fecha de la reservación del examen se cobrará la tarifa correspondiente publicada.
Se podrá solicitar la reprogramación de la fecha de examen sin costo siempre que sea derivada del rechazo de la solicitud del dictamen, debiendo indicar el folio de la solicitud rechazada y la nueva fecha deseada.
Si existieran solicitudes ingresadas, y que fueron aprobadas en los sistemas de AMIB, pero estas no cuenten con una reservación de fecha de examen, serán canceladas, y no se consideraran para la aplicación de examen indicado en la solicitud.
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4.3 |
Solicitud de fecha para grupos completos |
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4.3.1 |
En el supuesto de que una Institución solicite especialmente a la AMIB abrir una fecha, sede y horario de examen, caben dos posibilidades:
a) Grupo cerrado: La Institución asume el compromiso de pagar todos los espacios de una Sesión de Certificación independientemente del número final de sustentantes, y b) Grupo abierto: La AMIB también ofrece la fecha de examen a participantes de otras Instituciones.
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4.4 |
Siempre que no se cubra el número mínimo de participantes requeridos de acuerdo a las políticas, la AMIB se reserva el derecho de cancelar la sesión de examen de Certificación; en casos fortuitos o de fuerza mayor ajenos a la AMIB ésta podrá cancelar una sesión de examen en cualquier momento y sin responsabilidad dando aviso a los interesados con la mayor antelación posible.
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4.5
4.6 |
La AMIB se reserva el derecho de modificar o cancelar las Calendarizaciones de exámenes que no cumplan con las políticas establecidas en este Manual.
Personal con relación laboral con la AMIB podrá tomar alguno de los exámenes de Certificación del Mercado de Valores, integral o escalonado, según aplique. Para ello deberá contar con permiso de su respectivo director de área. También, a solicitud de cada dirección de área, servicios sociales y personal adscrito al Programa Jóvenes Construyendo el Futuro podrán tomar la certificación mientras esté prestando sus servicios a la AMIB.
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