12.1.1 |
El participante
podrá solicitar una revisión de examen en caso de estar inconforme con la
puntuación obtenida en uno o más módulos del examen presentado, siempre y
cuando su resultado haya sido “No Aprobado”. La inconformidad deberá estar
sustentada única y exclusivamente en el contenido de las preguntas del
examen, por lo que, para la revisión, el sustentante deberá especificar
los temas que desde su punto de vista están incorrectos o son confusos. El
sustentante debe de firmar su reporte de calificación para poder solicitar
la revisión.
Independientemente del derecho a la revisión del examen, cualquier sustentante durante la aplicación del examen puede requerir del aplicador la ‘Hoja de Observaciones’, en la cual puede plasmar cualquier error u omisión relacionado con el contenido del examen. La hoja debe de ser devuelta al aplicador al terminar el examen y el área de AMIB Certifica estará obligada a dar respuesta a dichas observaciones y/u omisiones, sin son aplicables o no, y las acciones a seguir. En caso de no dar respuesta a dicha hoja, el sustentante tendrá derecho a la revisión del examen independientemente de su resultado.
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12.1.2 |
Para solicitar la revisión de examen el participante deberá enviar a las oficinas de la AMIB:
a) Un escrito dirigido al Presidente del Comité de Certificación, redactado en forma clara, en el que especifique su nombre completo, la figura de certificación para la que hizo examen, la fecha de presentación del examen, el o los módulos a revisar y el motivo por el que solicita la revisión, haciendo referencia al contenido de las preguntas en las que considera haya inconsistencias, tales como redacción confusa o contenido equivocado.
b) La ficha de pago por el servicio de acuerdo a la tarifa vigente publicada.
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12.1.3
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La solicitud de
revisión de examen deberá ser presentada en el plazo de diez días hábiles
contados a partir de la fecha de aplicación del examen. |
12.1.4 |
En caso de proceder la revisión de examen, ésta sólo se realizará respecto de las preguntas mal contestadas por el participante del módulo o módulos solicitados.
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12.1.5 |
Una vez recibido el escrito, la AMIB estudiará la inconformidad con base en los alegatos y la información proporcionada por el interesado y, en caso que proceda el cambio de la calificación, se otorgará la nueva constancia de acreditación, debiendo el solicitante devolver la constancia originalmente entregada para su cancelación.
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12.1.6 |
Si de la revisión del examen procede algún cambio de calificación, la AMIB hará la devolución del importe pagado por el servicio de revisión de examen.
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